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SUPER MORATORIA AFIP 2020

SUPER MORATORIA AFIP 2020

Super Moratoria AFIP 2020

  1. Se incluyen las deudas previsionales, impositivas y aduaneras vencidas hasta el 31 de julio.

  2. Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020

  3. La primera cuota vence el 16 de noviembre.

  4. Las deudas previsionales se podrán pagar en un plazo entre 48 y 60 cuotas.

  5. Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para obligaciones tributarias y aduaneras.

  6. Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, luego se aplicara una tasa variable, calculada por el BCRA –tasa BADLAR-.

  7. Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

  8. Condonación parcial de intereses y total de multas.

  9. Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).

  10. Se establece un premio a los cumplidores y en el caso de ser monotributo, una condonación del componente impositivo de 6 cuotas para las categorías A y B. En el caso de categoría C y D será de 5 cuotas mensuales y consecutivas. E y F será de 4 cuotas mensuales, G y H será de 3 cuotas mensuales y en las categorías I J K será de 2 cuotas mensuales.

  11. Habrá un descuento del 15% para quienes paguen de contado.

  12. La caducidad de la moratoria, será por falta de pago de 3 cuotas para grandes empresas y de 6 cuotas para MiPyMES.

 

Fuente: iprofesional.com