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ACLARACIONES EN GANANCIAS, MODIFICACIONES EN EL MONOTRIBUTO, NUEVO PROYECTO DE LEY

ACLARACIONES EN GANANCIAS, MODIFICACIONES EN EL MONOTRIBUTO, NUEVO PROYECTO DE LEY
  1. No se habilitaría las modificaciones en ganancias para sociedades si antes no se establece, que no incrementa la presión tributaria en las Pymes, si las modificaciones para ganancias gravadas para sueldos jubilaciones. , entre otras (4º categoría).

 

  1. Monotributo Proyecto
  1. Actualización de las escalas y montos correspondientes por un  35,3 % de la tabla del período 2020, por discontinuarse la aplicación de la ley de movilidad jubilatoria.

 

  1. Los que no superaron el monto para su actividad de facturación en un 25 % de la categoría máxima y a su vez sus ingresos brutos no pueden superar en ventas totales el 50% del límite para considerarse micro empresa.

               No superaron ya sea que se quedaron en el monotributo o se inscribieron pueden volver.

Pagando las diferencias de la categoría en la que estaban más un 10 % del monto excedido.

  1. Los que superaron régimen de transición:

I.V.A.

Pagarán el primer año 50 % del importe que les toque pagar, 30% el segundo año y 10 % el tercero.

Pueden computar como crédito fiscal el 17,50 % de las compras  más el 50% de la 1/12 parte de la categoría máxima. Los dos con un tope del 75 % del débito fiscal del período.

Cabe aclarar que para el 2021, se prevé en la norma que se discrimine el I.V.A. a los monotributistas.

Ganancias computar como gasto el 82,65 % de las compra.

Una deducción especial del 50 % del importe de la categoría máxima, (con un tope del 75% de las ganancias de todas las categorías que tenga el contribuyente).

Todas las deducciones que le corresponden al régimen general de ganancias.

  1. No se aplica el régimen de transición si supero el 50 % del monto para ser micro-empresa según la actividad, teniendo que pagar todos los débitos fiscales desde la exclusión y ganancias correspondientes, sin poder aplicar los beneficios del régimen de transición, siendo ello la posición más gravosa para el que se encuentra en esa situación.

Fuentes:

errepar.com

iprofesional.com

telam.com.ar

lapoliticaonline.com