medal users operator file smartphone

Novedades

PROYECTO LEY DEL PLAN NACIONAL DE FOMENTO DE LAS INVERSIONES Y EXPORTACIONES AGROINDUSTRIALES Y ALIMENTARIAS

PROYECTO LEY DEL PLAN NACIONAL DE FOMENTO DE LAS INVERSIONES Y EXPORTACIONES AGROINDUSTRIALES Y ALIMENTARIAS

Personas Humanas, Jurídicas y Fideicomisos, pueden acceder.

 

Inscribirse en un Registro nacional para acceder a los benéficos de esta ley.

 

Se inscriben titulares, de empresas agrícolas, pecuarias, agroindustriales, prestadores de servicios, forestales entre otras.

Beneficios impositivos:   

A) Estabilidad Fiscal por 15 años, no se le pueden subir impuestos; excepto Impuesto al débito y crédito e I.V.A., solo impuestos nacionales.

               B) Desgravación en el Impuesto a las ganancias de un 50% adicional para el gasto el gasto incurrido, en Insumos, fertilizantes orgánicos e inorgánicos, semillas autógamas fiscalizadas, insumos biológicos y contrataciones de seguros entre otros.

               C) Amortización acelerada de bienes de capital adquiridos por los inversores, ( Se crearía un Régimen Nacional de Promoción de Bienes de Capital en sector Agroindustrial), el cual contempla un plan canje, para adquisición de maquinaria agrícola, camiones , camionetas, plantas de procesamiento, tecnología de procesamiento nuevos de origen nacional y otros bienes de capital.

Detracción de las contribuciones patronales para personal registrado afectado a proyectos de la presente ley.

 

0% de retenciones sobre exportaciones incrementales, sobre la producción del último trienio calendario, luego de la inscripción en el presente régimen.

 

Programa de Garantías financieras para acceder al capital de trabajo necesario para llevar a cabo las inversiones como las exportaciones,

Reintegros según Nomenclatura común del Mercosur, que no pueden superar los 60 días, y que van a ir según el grado de elaboración de lo que se exporta.

 

Obligación de Implementar una Matriz de Trazabilidad, para productos vegetales como animales, aparados en el presente régimen.

Todo esto está en proyecto e incluye las cadenas forestales ictícolas, economías regionales entre otras.

Se aclara que puede sufrir modificaciones, hasta que se convierta en ley que se presupone que sea enviado para su tratamiento luego de la modificación de ganancias a tratar este sábado 27/03/21.

También se aclara que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Desarrollo Productivo y no el de Agricultura.