Para reemplazar el ATP el Gobierno relanzo el Repro II
Repro II: nuevo programa
El Ministerio de Trabajo, crea el “Programa REPRO II”, que consistirá en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores adheridos al Programa
Presenta las siguientes características:
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Monto del beneficio: suma mensual de $ 9.000 por cada relación laboral activa del sujeto empleador alcanzado por el programa. En el caso que la remuneración neta percibida por el trabaador sea inferior a dicho valor, el subsidio será igual a la remuneración neta.
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Duración: el beneficio se extenderá por 2 meses. Los empleadores podrán inscribirse nuevamente al Programa, durante el último mes de vigencia del beneficio.
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Alcance: el número de empleadoras y empleadores que cubrirá el “Programa REPRO II” se determinará considerando la cantidad de empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado al Programa.
El “Programa REPRO II” es incompatible con los siguientes beneficios.
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Salario Complementario del ATP.
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Crédito a Tasa Subsidiada del ATP.
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Programa de Recuperación Productiva (REPRO) establecido por la Resolución (Sec. Gobierno de Trabajo y Empleo ) 25/2018.
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Programa de Inserción Laboral (PIL) creado por Resolución (MTESS) 45/2006. La incompatibilidad respecto de este Programa solo alcanza a los beneficiarios y no a las empresas.
Fuente: Errepar.com